Las pensiones contributivas de incapacidad permanente son prestaciones económicas cuya concesión está generalmente condicionada a una previa relación con la Seguridad Social, es decir, se debe acreditar, entre otros requisitos, un período mínimo de cotización en los casos de incapacidad permanente por enfermedad común o accidente no laboral.
Si la determinación de la contingencia proviene de accidente laboral o enfermedad profesional no se le requerirán años cotizados, sin embargo se encuentra sujeto a más requisitos.
En los casos de incapacidad permanente contributiva, la cuantía de la pensión se calculará en función de las cotizaciones efectuadas durante un determinado periodo, es decir, de acuerdo a las bases de cotización.
¿Desea saber cuántos años cotizados se requieren en su caso para acceder a una pensión de incapacidad permanente contributiva? Utilice nuestra Calculadora de cotización
Los profesionales de nuestro centro médico jurídico son expertos en instar y reclamar pensiones de incapacidad permanente, si desea recibir asesoramiento o tiene alguna consulta no dude en contactar con nuestros profesionales. Para ello puede contactar con nosotros de lunes a viernes, de 9 a 14hs, a través de las líneas telefónicas 933 800 100 o 910 376 935