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Instamos a revisión del expediente de incapacidad permanente a una trabajadora que en el año 2015 se le había concedido la incapacidad permanente en grado de total por sentencia del Juzgado de lo Social.
En su día, la incapacidad permanente en grado de total, fue reconocida por el conjunto de lesiones y limitaciones que provocaba en la trabajadora las siguientes patologías: enfermedad de addison auto inmune, osteoporosis, trastorno ansioso depresivo, artrosis cervical y lumbar.