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Un juez desacredita al I.N.S.S y concede una gran invalidez a un vendedor de la Once ciego y casi sordo. El I.N.S.S. rechazó la solicitud de invalidez al demandante al considerar que las patologías que sufrían eran congénitas.
Un juez desacredita al I.N.S.S y concede una gran invalidez a un vendedor de la Once ciego y casi sordo. El I.N.S.S. rechazó la solicitud de invalidez al demandante al considerar que las patologías que sufrían eran congénitas.
Una de las situaciones más frustrantes es sentirse limitado para desempeñar la actividad laboral con normalidad, algo que puede suceder a causa de un accidente o cualquier enfermedad sobrevenida. A esta circunstancia se suma la preocupación económica, por lo que muchas personas piensan en la posibilidad de obtener una pensión por incapacidad. Sin embargo, son muchas las preguntas que surgen, generando un gran desconcierto.
Estuvo cuidando a su esposa enferma de cáncer. Una juez de Barcelona ha entendido esta situación como causa más que justificada para que un monitor deportivo que no podía ejercer su profesión debido a su enfermedad dejase de cotizar durante 18 meses, por lo que condena al INSS a pagarle una pensión vitalicia por incapacidad permanente en grado de total.
La Seguridad Social le retiró la pensión por estar tomando media pastilla menos de la que le prescribieron en 2014
El Juzgado de lo Social número 31 de Barcelona ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a devolver la pensión a un camionero con trastornos psiquiátricos al que se le había concedido la invalidez permanente en grado de total para su profesión en 2014.
Una afectada de cáncer de mama recupera, por orden judicial, su pensión por incapacidad permanente, después de que una sentencia le diese la razón. Se desestima así la actuación de la Seguridad Social de rebajarle el grado obtenido. El INSS consideraba que la mujer podía realizar trabajos concretos pese al cáncer de mama y las secuelas que le había producido, aunque los informes aportados por el centro médico jurídico Tribunal Médico han demostrado su incapacidad.
El informe perito judicial presentado por el trabajador ha sido decisivo para estimar la petición. El INSS, pese a reconocer las patologías del paciente, lo consideraba apto para trabajar.
El INSS deberá abonar una paga mensual de más de 1.652 euros a la demandante
Otra decisión judicial obliga, una vez más, al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a rectificar su valoración de los pacientes. En esta ocasión, el juzgado de lo Social de Barcelona nº 8 considera que las dolencias que padece la auxiliar de enfermería sí le impiden ejercer su profesión, y por eso estima la demanda presentada por el gabinete médico jurídico Tribunal Médico, que representa a la afectada contra el INSS. Así, el juez ha resuelto conceder a la demandante la Incapacidad Permanente Total (55% de la base reguladora y posibilidad de poder trabajar en otra profesión no habitual) y establece que la Seguridad Social deberá pagarle 1.652 euros mensuales “con los incrementos, mejoras y revalorizaciones que procedan”.
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