933 800 100 Lu-Vi: 09.00 - 14.00
Especialistas en trámites de pensiones por incapacidad permanente

Actualidad sobre incapacidades

Los enfermos o con secuelas de cáncer pueden solicitar una incapacidad permanente

Cáncer e Incapacidades

Hoy 4 de febrero, Día Mundial contra el Cáncer, las abrumadoras cifras que han salido a la luz hace pocos días sobre el número de afectados en España por esta enfermedad nos hacen reflexionar. Según datos del último informe de la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM), se han superado en nuestros país las cifras previstas para 2020. Muchas de estas personas ven mermada su capacidad para trabajar, y cuando ello ocurre deben solicitar una prestación por incapacidad permanente de la Seguridad Social

La SEOM, hace ya diez años, predijo que de cara al año 2020 se diagnosticarían en España 246.713 casos de cáncer. Sin embargo, ya en 2015 -según se revela ahora en los estudios- el número superaba este cálculo hasta alcanzar 247.771 nuevos casos. Ante esta realidad, hoy Día Mundial contra el Cáncer hemos querido adentrarnos un poco más en el problema y estudiar la situación del día a día de los enfermos o con secuelas de esta patología. Concretamente, en el capítulo laboral, cuando una persona de ve inmerso en un proceso tumoral, un factor de estrés muy relevante es su preocupación por su futuro como trabajador. En definitiva, su medio de subsistencia. 

En este sentido, cuando el paciente se siente incapaz de ejercer su profesión, “se debe instruir un proceso de invalidez permanente en cualquiera de sus grados de incapacidad, si disminuye o incluso se anula la capacidad laboral de esa persona para protegerla”, explica Alejandro Rusiñol, jurista de nuestro centro. “Ello conllevaría una prestación de la Seguridad Social, que cubriría la pérdida salarial por la imposibilidad de trabajar”, añade. Pero no sólo es posible que quien se esté tratando de un cáncer solicite una pensión por incapacidad permanente, sino que si después de agotar las medidas terapéuticas le quedan secuelas incapacitantes “también es necesario gestionar un proceso de incapacidad”, concluye.

En general, las limitaciones físicas y psíquicas que sufre un afectado de cáncer -y no tanto el propio diagnóstico- son lo que realmente se tiene en cuenta a la hora de reconocer o denegar una incapacidad permanente. El Instituto Nacional de la Seguridad (INSS) es el encargado de proporcionar este tipo de prestaciones. Sin embargo, en ocasiones éstas son denegadas. Hemos querido preguntar a los especialistas qué hacer en tales situaciones. Si se nos deniega una prestación por incapacidad permanente, y realmente nos padecemos lesiones, afecciones orgánicas o funcionales que nos impiden realizar nuestro trabajo actual a causa del cáncer, podemos y debemos reclamar.

Hoy 4 de febrero, Día Mundial contra el Cáncer, es importante pensar en la preocupación añadida de todas esas personas al no poder trabajar de forma digna y efectiva. La solución suele estar en las pensiones por incapacidad permanente, y en nuestro centro hemos vivido de primera mano muchos expedientes así. El último sólo hace pocos días, donde hemos conseguido que una jueza invalide la decisión del INSS de rebajar a una enferma de cáncer de mama su grado de incapacidad permanente. Sin hablar de la leucemia, ya que sólo en los últimos doce meses hemos ayudado a dos enfermos de leucemia a obtener su prestación por incapacidad. En la actualidad, conforme al último informe de la Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM), el tumor de más prevalencia en nuestro país es el colorrectal -uniendo los enfermos de ambos sexos-. El segundo desafortunado en este ranking es la próstata, el tercero es el pulmón, y el cuarto el pecho femenino. 

Tribunal Médico ®

Hablan de nosotros...

Primera visita gratuita

Acceda a su expediente