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Actualidad sobre incapacidades

El juez reconoce la incapacidad a una trabajadora de 80 años que continuaba cotizando para poderse jubilar

El INSS deniega la incapacidad a mujer de 80 años, nuestros profesionales consiguen su derecho.

Nuestra clienta, una mujer de 80 años, había trabajado toda su vida. Lo hizo como administrativa, como autónoma y, como tantas mujeres de su generación, dedicó muchos años al cuidado de su familia y de su hogar. Esa realidad tuvo una consecuencia muy dura: no llegó a cotizar lo suficiente para acceder a una pensión de jubilación.

Con el paso del tiempo, su salud empeoró gravemente. Padece una enfermedad renal crónica, además de un cansancio extremo y dolores articulares constantes que le impiden realizar cualquier tipo de trabajo. Aun así, siguió cumpliendo con sus obligaciones y continuó cotizando mediante un convenio especial, confiando en que podría acceder a la protección que le correspondía.

Aunque no tenía derecho a una pensión de jubilación, sí cumplía todos los requisitos para una pensión de incapacidad permanente, por eso instó a su reconocimiento ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social. La respuesta fue negativa.

El INSS denegó la incapacidad permanente alegando, por un lado, que sus problemas de salud no eran lo suficientemente graves y, por otro, que no había cotizado lo necesario. Esta decisión dejó a nuestra clienta en una situación muy injusta: sin pensión de jubilación y sin pensión de incapacidad, a pesar de cumplir los requisitos para esta última.

Tras estudiar el caso, comprobamos que la denegación no se ajustaba a la realidad ni a la ley. La documentación de la propia Tesorería de la Seguridad Social acreditaba que sí tenía las cotizaciones necesarias para la incapacidad permanente y los informes médicos demostraban claramente que no podía seguir trabajando. Ante esta situación, nuestros profesionales reclamaron en vía administrativa y judicial el derecho que a nuestra clienta por ley le correspondía.

El juez fue claro: nuestra clienta tenía derecho al reconocimiento de la Incapacidad Permanente Absoluta. La sentencia corrigió la decisión del INSS y puso fin a una situación de auténtico desamparo.

Ver Sentencia

Gracias a esta resolución, nuestra clienta puede ahora contar con una pensión que le garantiza estabilidad y tranquilidad en una etapa de su vida especialmente vulnerable. Este caso demuestra que, una persona no tenga derecho a jubilación, sí puede tener derecho a una pensión de incapacidad, y que no hay que aceptar una denegación injusta sin luchar.

Si te encuentras en una situación similar, estamos aquí para ayudarte a defender tus derechos, no dudes en contactarnos, escucharemos y defenderemos tu caso, acompañándote en todo el procedimiento. Contacta con nuestros profesionales, el asesoramiento es gratuito. Contáctenos de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, a los teléfonos 933 800 100 o 910 376 935

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