Un juzgado de Barcelona corrige al INSS y reconoce una pensión superior a 2.250 euros mensuales
Un Juzgado de lo Social de Barcelona ha dictado una sentencia de especial relevancia en materia de incapacidad permanente al reconocer una gran invalidez a una trabajadora que padece un síndrome de sensibilización central con disautonomía, en un cuadro clínico complejo que incluye fibromialgia en grado III, síndrome de fatiga crónica en grado III, sensibilidad química múltiple y trastorno ansioso-depresivo, entre otras patologías.
La resolución judicial revoca íntegramente el criterio previo del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que había denegado cualquier grado de incapacidad al considerar que no existían limitaciones funcionales incapacitantes. Frente a ello, el órgano judicial concluye que la afectación funcional es grave, generalizada y con impacto directo en las actividades más básicas de la vida diaria.
Los profesionales de nuestro centro médico jurídico han conseguido acreditar de forma objetiva e imparcial la existencia de limitaciones físicas y psíquicas de carácter muy severo, con afectación no solo en el ámbito laboral, sino también en la autonomía personal de la paciente. La sentencia destaca que estas limitaciones comprometen actividades esenciales como el desplazamiento, la estabilidad, la resistencia al esfuerzo y la capacidad cognitiva, configurando una situación de dependencia real.
A este respecto, el juzgado también valora de forma decisiva el reconocimiento previo de un grado II de dependencia por parte de la administración autonómica, lo que refuerza la conclusión de que la paciente necesita asistencia de tercera persona para los actos más esenciales de la vida.
Como consecuencia, la sentencia declara la situación de gran invalidez, el grado máximo de incapacidad permanente previsto en la legislación española, y reconoce el derecho a percibir una pensión equivalente al 100% de la base reguladora, fijada en 1.358,60 euros mensuales, más un complemento de gran invalidez de 897,75 euros, lo que supone una cuantía total inicial de 2.256,35 euros mensuales, con efectos retroactivos desde el 2 de agosto de 2023 y con las correspondientes revalorizaciones legales.
Este pronunciamiento judicial resulta especialmente significativo porque confirma que patologías como la fibromialgia, el síndrome de fatiga crónica o la sensibilidad química múltiple, tradicionalmente cuestionadas en sede administrativa, pueden dar lugar al reconocimiento de una gran invalidez cuando se acredita de forma rigurosa su impacto funcional real y su incidencia en la autonomía personal.
Desde una perspectiva jurídica, la sentencia refuerza una idea clave en la valoración de la incapacidad permanente: no es el diagnóstico en sí mismo lo que determina el grado de incapacidad, sino las limitaciones funcionales que dicho cuadro clínico genera en la vida laboral y, en los casos más graves, en la vida diaria del paciente.
El fallo supone un nuevo respaldo a la importancia de una valoración médico-legal integral, basada en criterios objetivos y en la prueba pericial especializada, frente a resoluciones administrativas que, en muchas ocasiones, infravaloran la verdadera dimensión de determinadas patologías complejas.
Alejandro Rusiñol, director de nuestro centro médico-jurídico especializado exclusivamente en incapacidad permanente y Seguridad Social ha declarado:
Esta resolución pone en valor el trabajo médico y jurídico bien construida. Cuando el informe médico está correctamente orientado a la realidad clínica del paciente y su impacto funcional, y cuando la defensa jurídica sabe trasladar ese impacto al lenguaje legal, el resultado es el reconocimiento de derechos que previamente habían sido negados.
Hemos conseguido acreditar de forma objetiva e imparcial la existencia de limitaciones físicas y psíquicas de carácter muy severo, con afectación no solo en el ámbito laboral, sino también en la autonomía personal de la paciente.”
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