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Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo

Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo

Hay varias preguntas que surgen hoy 28 de abril -con motivo del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo- en relación a la protección del trabajador por baja médica o mediante la obtención de una invalidez permanente en cualquiera de sus grados de incapacidad. Desde el centro médico-jurídico Tribunal Médico, especializado en estas materias, su responsable Alejandro García nos despeja las dudas fundamentales y explica el panorama actual en España. 

Una de las cuestiones principales sobre seguridad y salud en el trabajo es la protección de los trabajadores. Los empleados en activo pueden sufrir una enfermedad o accidente que les impida incluso desarrollar ningún tipo de actividad laboral con la continuidad, dedicación, eficacia y profesionalidad que exige el mercado laboral. Si ello ocurre, normalmente suele iniciarse un proceso previo de baja médica. “Pero esto no es imprescindible para una declaración de incapacidad, y prueba de ello es que existen muchos casos donde se ha aprobado una pensión de invalidez que no provenía de una I.T. (baja médica)”, informa Alejandro García de Tribunal Médico. Según este especialista, dicha situación se puede agilizar sin tener que esperar 12 o 18 meses de baja, siempre que nos encontremos ante lesiones crónicas o de incierta recuperación a largo plazo. No obstante, en este sentido puede existir un problema que sucede más veces de lo que debería, ya que para obtener una resolución final de oficio -es decir por parte del INSS, bien sea estimatoria o desestimatoria- se produce una inspección médica que puede extinguir la I.T. antes de que ésta se agote. De este modo, la persona  puede quedar desprotegida pues, en ocasiones, sólo podría reclamar por el alta médica emitida, no habiéndose resuelto la invalidez. Ante esta dura realidad, Alejandro García comenta que “si se estudia médicamnte el conjunto de lesionres, estas podrían ser susceptibles de ser reconocidas como incapacidad permanente con una pensión vitalicia de la seguridad social”. 

Según estadísticas a 1 de enero de 2016, en nuestro país hay 934.846 personas con certificado de incapacidad permanente, y la mensualidad media que reciben es de 927,53 €. Pero no siempre es fácil, porque el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) muchas veces deniega a priori la solicitud del particular, por lo que en estas situaciones -y si efectivamente se demuestra que el trabajador está incapacitado para la vida laboral- se puede reclamar ante la ley. “Un gran número de sentencias ganadas por nuestro centro en este sentido nos hacen reflexionar, hoy Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, sobre la importancia de que se luche sin tirar latoalla por los derechos en materia laboral y económica cuando aparece un problema de salud de estas características”, opina el jurista del centro.

En este punto, otra pregunta que le surge al trabajador es: ¿mi enfermedad podía ser certificada como incapacidad permanente? Ello depende de la gravedad y si es crónica, sobre todo, y si incapacita para desarrollar la tarea específica a la que se dedique el individuo, o incluso cualquier tipo de profesión. Pero no sólo hablamos de enfermedades, sino que también pueden ser las secuelas de una afección ya superada o también un accidente -sea laboral o no-, explican desde Tribunal Médico. Si el comité de valoración del INSS lo deniega, es entonces cuando ha de recurrirse a un centro externo especializado y llevar el tema por una vía paralela -que incluye la legal- para intentar obtener una pensión estatal.

En nuestro país hay 934.846 personas con certificado de incapacidad permanente

De cara a las empresas privadas, también surgen cuestiones que resolver en días como hoy. Estas deberían revisar los expedientes de las bajas médicas de sus empleados para comprobar si estos se pudieran encontrar en situación de recibir una pensión pública por incapacidad. “De cara al binomio empresario-trabajador también es la forma más beneficiosa para ambos, pues la empresa quedaría libre del gasto que le genera tener un trabajador de baja (y así poder sustituirlo por otro) a la vez que el empleado estaría protegido con los derechos que le da la incapacidad”, afirma el responsable de Tribunal Médico. El absentismo laboral supone cada año unos costes de 4.503 millones de euros a los empresarios por el abono de los días en que esas personas aún están en la empresa, según el V Informe Adecco sobre Absentismo. Y a nivel mundial, España (junto a Suiza) es el país con mayor nivel de bajas laborales de los últimos ocho años. “En definitiva, hoy 28 de abril, en el que además el lema de este año es 'Estrés en el trabajo: un reto colectivo', hay que ser muy conscientes de que el estrés laboral es una de las grandes causas de las bajas médicas, y que cuando se agrava puede desencadenar enfermedades físicas y psicológicas, que a su vez pueden llegar a ser motivo de incapacidad permanente. Antes de esto ocurra, hay que proteger a los empleados con medidas que eviten el excesivo trabajo bajo presión. Y cada uno individualmente ha de actuar de modo eficiente pero sin sacrificar la propia salud en su día a día”, concluye el jurista Alejandro García. 

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