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El juez revoca la denegación del INSS y reconoce la Incapacidad Permanente

Juez revoca la denegación del I.N.S.S. y devuelve incapacidad permanente

Recientemente hemos ganado mediante sentencia judicial el reconocimiento de una incapacidad permanente en grado de absoluta a un trabajador que ha sido diagnosticado de hipoacusia bilateral grave y trastorno de la personalidad. El Instituto Nacional de la Seguridad Social denegó su derecho por resolución alegando “no reunir el requisito de incapacidad permanente y tener que continuar en tratamiento médico”.

Se han dado a conocer diversos casos en los que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha denegado la incapacidad permanente a personas que padecen trastornos graves argumentando que sus limitaciones no son perceptoras de un grado de incapacidad permanente, sin embargo, este argumento es completamente erróneo y no tiene en cuenta las realidades que viven estas personas, quienes enfrentan dificultades significativas en su vida diaria y laboral debido a sus patologías.

La hipoacusia bilateral grave es una patología auditiva que afecta la capacidad de una persona para escuchar, incluso con el uso de audífonos u otros dispositivos de asistencia auditiva. Aquellos que padecen esta enfermedad experimentan no solo una pérdida de la capacidad de comunicarse de manera efectiva, sino también una incapacidad para desempeñar funciones laborales que requieren interacción con otras personas, el uso de tecnologías auditivas en el entorno de trabajo, o la simple comprensión de sonidos fundamentales para realizar actividades cotidianas.

Por otro lado, el trastorno de la personalidad es una enfermedad psicológica que afecta la forma en que una persona percibe, experimenta y se relaciona con los demás, provocando un impacto negativo en su bienestar emocional, social y laboral. Este trastorno puede incluir patrones de pensamientos y comportamientos destructivos, así como una incapacidad para adaptarse a las demandas del entorno laboral y social, lo que agrava aún más la dificultad de mantener un empleo.

Ambas patologías, aunque tratables en algunos aspectos, son lo suficientemente graves como para que el tratamiento no sea suficiente para permitir a la persona continuar en su puesto de trabajo. Además de la evidente limitación en el desempeño de tareas laborales, estas personas sufren consecuencias emocionales, sociales y psicológicas severas que deben ser consideradas en la evaluación de su incapacidad. Por estos motivos es que los profesionales de nuestro centro médico jurídico han llevado el caso a la vía judicial. 

Finalmente, el juez del Juzgado Nº12 de Barcelona estimó nuestra demanda y reconoció la incapacidad permanente absoluta a nuestro cliente.

Ver Sentencia

La incapacidad permanente es una medida de protección para aquellas personas que, debido a su enfermedad, se ven imposibilitadas para desempeñar cualquier trabajo de forma eficaz y sostenible. Negar la incapacidad no solo ignora la gravedad de la enfermedad, sino que también perpetúa la discriminación y el abandono social de individuos que ya luchan contra sus condiciones médicas.

Quienes se vean en esta situación no duden en contactar con nuestros profesionales. Brindamos asesoramiento gratuito de lunes a viernes, de 9 a 14hs, a través de las líneas telefónicas 933 800 100 o 910 376 935

Quienes deseen conocer si tienen derecho a una incapacidad permanente pueden realizar la valoración médica telemática en nuestro portal web.

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