El pasado 25 de marzo de 2025, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó sentencia confirmando el reconocimiento de incapacidad permanente absoluta a un trabajador afectado por múltiples dolencias físicas y psicológicas.
La sentencia desestima el recurso de suplicación presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), confirmando así la sentencia previa del Juzgado de lo Social N.º3 de Barcelona, de fecha 9 de febrero de 2024. Esta sentencia había declarado la situación de incapacidad permanente absoluta del demandante, obligando a la entidad gestora a abonarle una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora: 2.101,66 euros mensuales en 14 pagas anuales.
Un caso marcado por un deterioro progresivo
Nuestro cliente, con antecedentes médicos significativos —como artrodesis de tobillo, lumbartrosis, trombosis venosa profunda, hipoacusia, trastorno ansioso-depresivo y enfermedades coronarias—, ya tenía reconocida una incapacidad permanente total desde 2010, para su profesión habitual de conserje. No obstante, la agravación de su estado de salud motivó una solicitud de revisión del grado de incapacidad.
La sentencia recoge que las dolencias actuales del demandante afectan gravemente tanto su funcionalidad física como psíquica, limitando de forma sustancial su capacidad para llevar a cabo cualquier actividad laboral, incluso aquellas de baja exigencia. Esta conclusión se apoya en criterios médicos objetivos y en jurisprudencia consolidada, que indican que la incapacidad absoluta debe reconocerse cuando el trabajador no conserva facultades útiles para desarrollar tareas productivas con continuidad, rendimiento y eficacia.
El fallo subraya que no basta con que una persona conserve la capacidad de realizar alguna tarea esporádica; es necesario que pueda integrarse en una organización laboral bajo condiciones estándar de profesionalidad, horario y responsabilidad. En este caso, el tribunal concluye que el deterioro global del estado de salud del trabajador anula dicha posibilidad, y por tanto le reconoce el derecho a una pensión por incapacidad permanente absoluta.
Este fallo reafirma el derecho a una vida digna cuando la salud impide el acceso pleno al mundo laboral, y destaca el papel clave de los tribunales en corregir decisiones administrativas que no reflejan adecuadamente la realidad médica y funcional del afectado.
Contar con el respaldo de profesionales especializados puede marcar la diferencia al iniciar un proceso de reclamación por incapacidad.
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