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Incontinencia Incapacidad Permanente

El caso que nuestros profesionales han llevado hasta los juzgados se trata de una trabajadora de 64 años que desempeña la actividad laboral de empleada administrativas con tareas de atención al público.

Las patologías que presenta son: diarrea crónica invalidante, reflujo gastroesofágico grave, colitis de alta probabilidad de enfermedad de Crohn, incontinencia fecal, artritis psoriásica y asma bronquial. Todas las limitaciones que le provocan las patologías digestivas, junto con la necesidad de uso de pañales, han provocado que desarrolle un importante trastorno ansioso depresivo que ha requerido, incluso, de ingreso hospitalario.

La resolución administrativa que deniega la prestación por incapacidad permanente omite la mayoría de las dolencias y lesiones que sufre la actora, tratándose de patologías que han adquirido un carácter crónico y evolutivo, por lo que padece un grado de limitación suficiente para el desempeño de cualquier trabajo o actividad laboral. Consecuentemente a ello los profesionales de nuestro centro médico jurídico, en representación de la trabajadora, han presentado demanda ante los juzgados.

En acto de juicio, la administración se opuso a lo solicitado sosteniendo que la actora presenta limitaciones orgánicas y funcionales de carácter psíquico no constitutivas de incapacidad permanente, añadiendo que la situación depresiva está asociada a situaciones personales y familiares y que no tiene abolida la capacidad laboral.

En defensa del trabajador nuestros profesionales han argumentado ante el juez que: [...]“según señala la citada jurisprudencia, para valorar el grado de invalidez, más que atender a las lesiones hay que atender a las limitaciones que la misma representen, […] la historia clínica de la actora acredita el padecimiento de una serie de enfermedades de entre las que destacan, por su influencia decisiva en la limitación de la capacidad laboral de la actora, el diagnóstico por diarrea explosiva, incontinencia fecal, reflujo gastroesofágico y asma bronquial por reflujo”. En cuanto al trastorno ansioso depresivo los letrados sostienen que […] “no tiene su causa exclusiva en una difícil situación personal o familiar, sino que se encuentra altamente influido y motivado por las diferentes enfermedades de carácter incapacitante que sufre”. En los informes médicos consta que el trastorno ansioso depresivo se ve claramente agravado por la necesidad de tener que portar pañales a causa de sus patologías digestivas. 

Además, señalan los profesionales, “esta incontinencia intestinal resulta ser especialmente relevante dada la profesión habitual de la actora, puesto que esta realiza una labor administrativa con atención al público que requiere una exposición prolongada frente a terceros […] lo que ahondaría en una más que probable agravación del trastorno psíquico padecido.”

En conclusión, nos encontramos ante una enfermedad crónica, evolutiva y sin probable mejoría lo que, en relación con la edad de la actora, da lugar a una evidente limitación de su capacidad laboral.

El juez, del juzgado de lo social nº3 de Badajoz, estima la demanda y declara a la trabajadora en situación de incapacidad permanente absoluta para todo tipo de profesión.

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Nuestro centro médico jurídico cuenta con la posibilidad de realizar una valoración médica telemática o presencial a fin de poder conocer si cumple con los requisitos técnicos y médicos para reclamar una pensión por incapacidad permanente y conocer el grado al cual tiene derecho. 

 

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