¿Cuando se puede generar compatibilidad entre las pensiones?
¿Cuando se puede generar compatibilidad entre las pensiones?
Se admite la compatibilidad de pensiones causadas en distintos regímenes de la Seguridad Social cuando se cumplan los requisitos para ello y siempre que expresamente no exista prohibición. De esa manera, un trabajador en alta simultáneamente en el régimen general y en el especial agrario que sufre un accidente laboral a resultas cual queda en estado de incapacidad permanente puede recibir una pensión en cada régimen. Del mismo modo un trabajador que trabaje en régimen general y paralelamente autónomo y cumpla la carencia de cotización en ambos regímenes para causar derecho a la prestación de incapacidad ABSOLUTA podrá cobrar también una de cada régimen.
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