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Actualidad sobre incapacidades

El trabajador, de 38 años de edad, afiliado a la Seguridad Social, siendo su última profesión la de administrativo, con motivo de recurrentes bajas médicas y las limitaciones que impedían la continuidad de su actividad laboral, el Instituto Nacional de la Seguridad Social inicia de oficio expediente de incapacidad permanente.

La pensión fue retirada pese a que las lesiones habian empeorado.

La revisión de grado de la incapacidad permanente es un procedimiento administrativo mediante el cual, tanto el Instituto Nacional de la Seguridad Social como el propio pensionista de una incapacidad permanente, puede iniciar con el objetivo de re evaluar la situación de incapacidad.

En ocasiones, cuando tenemos una pensión de incapacidad, se pueden producir revisiones de oficio por parte de la seguridad social y a causa de las mismas por motivos, entre otros, de no tener informes actualizados etc.… se ha considerado una mejoría sin “causa justa” de la pensión por considerar el inss que “el trabajador se ha recuperado de sus lesiones y permite la actividad laboral”, retirando la pensión por mejoría. 

La legislación determina que "un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena" (art. 115 LGSS). Aunque cada vez se hace más hincapié en su prevención, las últimas cifras indican que, en el último año, las lesiones provocadas por la actividad laboral han aumentado.

Reclamar una Incapacidad Permanente, bien sea por haber sido denegada o por no estar de acuerdo con el grado reconocido, puede parecer un proceso tedioso, sin embargo, no significa que por ello se haya perdido la posibilidad de que te concedan la pensión por incapacidad.

RECUERDA, SIEMPRE PUEDES RECLAMAR LA INCAPACIDAD PERMANENTE

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