Actualidad sobre incapacidades
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La incapacidad permanente es aquella situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas y/o funcionales que le inhabilita para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión habitual.
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En una reciente sentencia que hemos recibido del Juzgado Social Nº 21 de Barcelona, nos ha dado la razón y ha reconocido la situación de incapacidad permanente absoluta de una trabajadora nacida en 1960 cuya profesión habitual era agente cívico.
Leer más: Sentencia del Juzgado Social Nº 21 de Barcelona: Incapacidad Absoluta a una Agente Cívica
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Nuestro centro médico jurídico ha conseguido diversas pensiones de incapacidad permanente por migraña, en esta nueva sentencia se trata de una trabajadora de 56 años que desempeñaba la actividad de comercial inmobiliaria.
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La pensión por incapacidad permanente Total es compatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o propia en la misma o distinta empresa, siempre y cuando las funciones no coincidan con aquellas que dieron lugar a la incapacidad permanente total. En este supuesto El pensionista tiene la obligación de comunicar a la Entidad gestora dicha circunstancia.
Leer más: Compatibilidad e incompatibilidad de la pensión por incapacidad permanente total
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Hemos conseguido el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta a vendedora de electrodomésticos a quien el Instituto Nacional de la Seguridad Social le denegó su derecho. En este caso, la trabajadora de 43 años de edad desempeñó su actividad laboral habitual hasta que, a raíz de las limitaciones que presenta, no pudo continuar con la misma.
Leer más: Sentencia Favorable: Incapacidad Permanente Absoluta Reconocida
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El complemento a mínimos es la cantidad mínima que debe cobrar cuando la base reguladora es inferior a la establecida en el siguiente cuadro que se complementa al importe de la pensión en modalidad contributiva.
Leer más: Complemento a mínimos de pensiones por incapacidad permanente
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La Incapacidad Permanente no contributiva es una prestación económica que se reconoce a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible y padezcan limitaciones que le inhabiliten para el trabajo, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo.
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